En la Federación Madrileña de Deportes de Invierno (FMDI), la seguridad y protección de nuestros federados es una prioridad. Por ello, todas las licencias federativas incluyen un seguro de accidentes obligatorio que cubre a deportistas, técnicos, delegados y jueces/árbitros durante la práctica deportiva. A continuación, te ofrecemos un resumen de las coberturas disponibles, así como enlaces a documentos detallados para más información.

 

INICIO DE VIGENCIA DEL SEGURO

Temporada 2024-2025

El seguro entra en vigor el 1 de junio para deportes de nieve (RFEDI) y el 1 de julio para deportes de hielo (RFEDH), a partir de la fecha de tramitación de cada licencia.

 

COBERTURAS DEL SEGURO

Seguro de Accidentes Obligatorio (Real Decreto 849/1993):

    • Compañía aseguradora: Helvetia.
    • Cobertura: Accidente durante la práctica deportiva, asistencia sanitaria en centros concertados, reembolso de gastos sanitarios en el extranjero, y traslado en caso de accidente.
    • Exclusiones: No cubre lesiones que no sean producto de un accidente.

Seguro de Asistencia en Viaje:

    • Compañías aseguradoras: Asitur (Helvetia) para España, Europa y Mediterráneo; Europ Assistance para ámbito mundial.
    • Cobertura: Gastos de rescate en estaciones de esquí, asistencia sanitaria en el extranjero y repatriación en caso de accidente.

¿QUÉ HACER EN CASO DE ACCIDENTE?

En caso de accidente, es fundamental seguir el protocolo de actuación establecido para garantizar una atención rápida y eficaz. Puedes encontrar los pasos a seguir y contactos de emergencia en el documento adjunto.

Para más información, consulta los documentos adjuntos o contacta con nuestro equipo de administración en administracion@fmdi.es

En la Federación Madrileña de Deportes de Invierno (FMDI), la seguridad y protección de nuestros federados es una prioridad. Por ello, todas las licencias federativas incluyen un seguro de accidentes obligatorio que cubre a deportistas, técnicos, delegados y jueces/árbitros durante la práctica deportiva. A continuación, te ofrecemos un resumen de las coberturas disponibles, así como enlaces a documentos detallados para más información.

 

INICIO DE VIGENCIA DEL SEGURO

Temporada 2024-2025

El seguro entra en vigor el 1 de junio para deportes de nieve (RFEDI) y el 1 de julio para deportes de hielo (RFEDH), a partir de la fecha de tramitación de cada licencia.

 

COBERTURAS DEL SEGURO

Seguro de Accidentes Obligatorio (Real Decreto 849/1993):

    • Compañía aseguradora: Helvetia.
    • Cobertura: Accidente durante la práctica deportiva, asistencia sanitaria en centros concertados, reembolso de gastos sanitarios en el extranjero, y traslado en caso de accidente.
    • Exclusiones: No cubre lesiones que no sean producto de un accidente.

Seguro de Asistencia en Viaje:

    • Compañías aseguradoras: Asitur (Helvetia) para España, Europa y Mediterráneo; Europ Assistance para ámbito mundial.
    • Cobertura: Gastos de rescate en estaciones de esquí, asistencia sanitaria en el extranjero y repatriación en caso de accidente.

¿QUÉ HACER EN CASO DE ACCIDENTE?

En caso de accidente, es fundamental seguir el protocolo de actuación establecido para garantizar una atención rápida y eficaz. Puedes encontrar los pasos a seguir y contactos de emergencia en el documento adjunto.

Para más información, consulta los documentos adjuntos o contacta con nuestro equipo de administración en administracion@fmdi.es